Por Mónica Graciela López
Se trató de un Operativo, en el marco de la Trata de Personas y Violencia de Género, el día 28 de agosto, en Rosario.
UNA OPERACIÓN INTERNACIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
DETUVIERON A DOS HOMBRES, POR DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL
Además, incautaron elementos informáticos.
El personal de la Agencia de Investigación sobre Trata de Personas y Violencia de Genero y de Cibercrimen de Agencia de Investigación Criminal (AIC) de la policía de Rosario, realizó allanamientos, de manera simultánea con las demás provincias argentinas y países que intervienen en la denominada:»Operación ALIADOS POR LA INFANCIA«.
Los países involucrados en esta operación contra la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes. son: Argentina, Estados Unidos, Brasil, Chile, Ecuador, Paraguay, Panamá y Puerto Rico.
En cuanto a las provincias argentinas, son 13, incluida Ushuaia.
Se trata de una investigación iniciada desde el Ministerio Público Fiscal (MPF) de la ciudad de Buenos Aires (CABA), en los tres domicilios de la ciudad de Rosario mencionados en el párrafo anterior. Investigación cuyo objetivo era: identificar a sus moradores; proceder al secuestro de todo tipo de equipos informáticos y de almacenamiento; análisis en el lugar, por parte de personal idóneo; constatar si en alguno de los dispositivos, se encontraba instalado el programa «SOFTWARE P2P Y EN SU CASO, NUMERO DE GUID»; y cotejar en las computadoras, el listado provisto por el MPF de la Ciudad de Buenos Aires.
Las medidas dieron lugar a allanamientos, en calles Juan B. Justo al 1000 y Arévalo al 6600 de la ciudad de Rosario y detuvieron a G. P., de 40 años de edad y J. D. A., de 46. Además, fueron secuestrados 4 discos rígidos, 2 notebooks, 3 celulares, 3 pendrives y 1 CPU.
En esta causa judicial, interviene el Fiscal: Dr. Diego Meinero de la Unidad Fiscal Especializada (UFE) de delitos contra la integridad sexual de Rosario.
En el resto de Argentina, se detectaron, inicialmente 96 titulares y domicilios, se pudo dar con 66 titulares y domicilios y, a partir de eso, se procedió a los allanamientos.
La Causa fue caratulada “Operativo Internacional aliados por la Infancia S/ facilitamiento y tenencia de material de explotación sexual infantil con fines inequívocos de distribución (ART 128 1° y 3° párrafo agravado en función del 5to. párrafo y 45 del C.P.)”
#AliadosPorLaInfancia #AllanamientosMasivos #Detención #Secuestro #AIC
CONCLUSIÓN: ESTE TIPO DE INVESTIGACIÓN LLEGAN AL PÚBLICO EN GENERAL, A TRAVÉS DE ALGUNAS FOTOS Y UN TEXTO EN EL QUE LOS PERIODISTAS ESPECIALIZADOS, TRATAMOS DE REFLEJAR DE QUÉ SE TRATÓ EL TRABAJO REALIZADO POR LAS FUERZAS DE SEGURIDAD, PARA LLEGAR A ESTE FINAL.
SIN EMBARGO, SE TRATA DE MESES Y MESES QUE ABARCA ESTA PESQUISA. LA SINCRONISIDAD DE LOS ALLANAMIENTOS, POR EJEMPLO, ENTRE PAÍSES Y PROVINCIAS, PARA QUE NO SE COMUNICARAN ENTRE LOS ABUSADORES, ES DE UNA PUNTILLOSIDAD MILIMÉTRICA, SEMEJANTE A LA INSERCIÓN DE MUCHOS INTEGRADOS A LA VEZ EN UNA PLACA MADRE PARA PC.
PARA DESTACAR, ESTE EL OPERATIVO SE REALIZÓ, TAMBIÉN, GRACIAS AL USO DE “INTERNET CRIMES AGAINST CHILDREN CHILD ON-LINE PROTECTION SYSTEM (ICACCOPS)”, EN CASTELLANO: SISTEMA DE PROTECCIÓN INFANTIL EN LÍNEA DE DELITOS CONTRA LA INFANCIA EN INTERNET.
SE TRATA DE UN SISTEMA DE DETECCIÓN DE USUARIOS EN REDES P2P INVOLUCRADOS EN LA DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL DE ABUSO Y EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. ESTA HERRAMIENTA PROPORCIONA PISTAS DE INVESTIGACIÓN E IDENTIFICA DIRECCIONES IP ASOCIADAS A ARCHIVOS DE ESTE TIPO.
A SU VEZ, LA LETRA DEL ARTÍCULO 128 DEL CÓDIGO PENAL: Será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores.
Será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a un (1) año el que a sabiendas tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior.
Será reprimido con prisión de seis (6) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el primer párrafo con fines inequívocos de distribución o comercialización.
Será reprimido con prisión de un (1) mes a tres (3) años el que facilitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de catorce (14) años.
Todas las escalas penales previstas en este artículo se elevarán en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuere menor de trece (13) años.
EN SUS DISTINTOS PÁRRAFOS, Y DE ACUERDO AL PÁRRAFO QUE SE LE APLIQUE A CADA IMPUTADO, SERÁ LA PENA EN ESPECTATIVA.
¿CÓMO PREVENIR A NUESTROS NIÑOS PARA QUE NO CAIGAN EN ESTAS REDES? DE LA MISMA FORMA EN QUE HACEMOS PREVENCIÓN CONTRA LAS ADICCIONES: MANTENIENDO LA COMUNICACIÓN CON ELLOS, PASE LO QUE PASE. QUE LAS SANCIONES NO SEAN GRITOS, MUCHO MENOS CASTIGOS FÍSICOS. QUE LAS RECOMPENSAS NO SEAN SÓLO OBJETOS QUE TIENEN UN COSTO: UN ABRAZO, UN BESO, UN PASEO GRATIS EN UN PARQUE, UNA VISITA A UN MUSEO, UN ESPECTÁCULO GRATUITO. ENCONTRAR CUÁL ES EL DEPORTE O ARTE QUE LES GUSTA Y ESTIMULARLOS PARA QUE LO PRACTIQUEN.
AVERIGUAR CÓMO BLOQUEAR LOS SITIOS A LOS QUE LOS MENORES NO DEBERÍAN ACCEDER. LA EXCUSA DE: “NO ENTIENDO NADA DE INTERNET”, NO ES VÁLIDA CUANDO SE TRATA DE NUESTROS HIJOS. ES NUESTRO DEBER APRENDER.
CONTROLAR LA GESTUALIDAD CADA DÍA, CUANDO VUELVEN DE LA ESCUELA O DE UNA SALIDA CON AMIGOS Y TENER LA DIRECCIÓN DE TODOS AQUELLOS CON QUIENES TIENEN RELACIÓN.
ES UN TRABAJO CRIAR HIJOS, SÍ. ESTAS RECOMENDACIONES ES PARA QUE CREZCAN SALUDABLES.
Fuente: AIC Rosario, Nuestro corresponsal de San Lorenzo Marcelo Ferrer, Sur54.com,
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